El testamento vital, o documento de voluntad vital anticipada, consiste en la declaración sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que deseas recibir, si llegado el momento, pierdes la capacidad para expresarlas.
Entre las opciones está la elección de representante, el no deseo de transfusión de sangre o respirador artificial, y la prestación de ayuda para morir.
¿Puedo hacer testamento vital?
Si eres mayor de edad, menor emancipado o incapacitado judicialmente (si no tienes vetada esta opción), puedes iniciar el proceso para dejar constancia de tus preferencias y deseos.
Cómo registrar mi voluntad anticipada
Cada comunidad tiene su propio sistema, aunque tu declaración tendrá validad en todo el territorio nacional A continuación, te dejo la información si resides en Andalucía.
Primero debes rellena los documentos de la Declaración Vital Anticipada (Anexos I y II; y si nombras representante Anexo III, y si además nombras un sustituto, Anexo IV).
Luego deberás pedir cita en el teléfono 955 545 060. El trámite no puede realizarse de manera online. Además de tu DNI y los formularios cumplimentados, deberás llevar copia compulsada del DNI si nombras representante y un sustituto.
Quién es mi representante si no tengo testamento vital
En España, los sanitarios tomarán la decisión pertinente en función de la urgencia y el bienestar del paciente, en caso de consulta será: cónyuge o pareja de hecho, hijos/as mayores de edad, padres, hermanos u otros familiares cercanos. En caso de conflicto, puede intervenir un juez.
Por qué hacer testamento vital
Para que se respete tus preferencias en una situación crítica / terminal, o bien, evitar que ciertas personas tomen las decisiones por ti.
Cuándo entrará en vigor
Una vez registrado, en los casos que el paciente no tenga las capacidades suficientes para expresarse, se tendrá en cuenta la Declaración; y las condiciones clínicas supongan que no haya expectativa de recuperación, que produzcan un gran deterioro físico o mental o que sean incompatibles con las instrucciones y valores expresados en la Declaración.
Prestación de ayuda para morir
Desde 2021, la eutanasia está regulada en España y es considerada un derecho. Esta prestación consiste en la asistencia profesional en centros sanitarios.
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