Orientación Laboral

Trabajar en España | Precontrato, contrato y periodo de prueba

¿Has encontrado trabajo en España, pero resides en otro país? Entonces, hay algunas cosas que debes saber.

Buzón de dudas y sugerencias: En dos semanas me traslado a España para trabajar, pero me ha surgido una duda. ¿Pueden despedirme sin previo aviso?

Visa para trabajar en España

Si resides en un país del espacio europeo y has conseguido trabajo en España, no deberás realizar ningún trámite para obtener un permiso de trabajo. Sin embargo, en caso de vivir fuera del espacio europeo, sí que necesitarás un permiso de trabajo y cumplir con ciertos requisitos para su obtención. Tienes más info en el enlace oficial.

Estatuto de los trabajadores vs Convenio Colectivo

El Estatuto de los trabajadores es la ley básica española que regula las relaciones entre empresario y trabajador; incluye las condiciones mínimas. Puedes obtenerlo aquí.

El convenio colectivo es el acuerdo entre representantes de los trabajadores y empresarios para mejorar las condiciones del Estatuto. Siempre deberán respetar como mínimo la ley básica y no podrá suponer una perdida o renuncia de los derechos del Estatuto.

Precontrato

El precontrato es un documento en el que se recoge el puesto que desempeñarás, el salario, así como incentivos y beneficios. Es un documento que recoge las condiciones y términos de la oferta de empleo.

Contrato

El contrato oficial no suelen entregártelo hasta que la oferta es firme y, mi consejo, es que puedas leerlo antes de trasladarte para evitar sorpresas desagradables; aunque la empresa te exija que lo firmes de manera presencial para poder proceder al alta oficial en el sistema. Es muy importante que, ya sea en el precontrato o en un documento oficial, se te indique la duración del contrato, el tipo de contrato así como el periodo de prueba.

Periodo de prueba

Es el plazo en el que el empresario puede evaluar al trabajador y determinar si cumple con las aptitudes deseadas. Durante este periodo, el empresario podrá despedir al trabajador sin obligación de indemnizar ni hacerlo con preaviso.

El periodo de prueba oscila entre los 15 días y los 6 meses dependiendo del grupo profesional y las condiciones establecidas en el convenio colectivo.


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Annabel

Técnica en Marketing Internacional. Graduada en Trabajo Social. Orientadora laboral y profesora de español titulada. Autora de ficción. Blogueando desde 2011. Última novela: LA JOYA DE ILLINOIS.

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