Desempleo | ¿Reanudar la ayuda o solicitar una nueva?
Una vez solicitada y aprobada la ayuda por desempleo, puedes pausarla mientras trabajas y retomarla cuando vuelvas a estar desempleado; sin embargo, hay algo que debes tener en cuenta.
Buzón de dudas y sugerencias: ¿Qué pasa con los nuevos meses que trabajo entre pausa y reanudación?
Pausar la ayuda por desempleo
Si estás cobrando la ayuda puedes pausarla mientras trabajas y reanudarla hasta consumirla por completo.
La reanudación supondrá el derecho a percibir la prestación por desempleo por el periodo que restase y con la base reguladora y porcentaje de la misma que correspondiese en el momento de la suspensión (pausa). Es decir, podrás disfrutarla por el tiempo concedido y cobrando el importe que se te concedió.
¿Qué sucede con los meses que estoy trabajando?
Durante los meses que estás trabajando, ese tiempo se contabilizará para una nueva prestación. En ningún caso se modificará la ayuda ya concedida porque con trámites diferentes. La solicitud concedida es un trámite resuelto y cerrado. Los nuevos meses los acumulas para una nueva solicitud.
¿Qué sucede si tengo derecho a una nueva prestación?
Opción A. Estaba cobrando el desempleo, pero empiezo a trabajar y lo pauso. Sigo trabajando hasta acumular 360 días que me dan derecho para una nueva ayuda.
En el caso de que tras trabajar hayas acumulado tiempo suficiente para una nueva solicitud (360 días), deberás comentar la situación con la persona de la oficina que te corresponda (para que te informe y aconseje) para valorar qué te interesa más y elegir entre la ayuda antigua o solicitar una nueva. Es lo que se llama derecho de opción.
La persona trabajadora podrá optar, por escrito y en el plazo de diez días desde el reconocimiento, entre reabrir el derecho inicial por el periodo que le restaba y las bases, porcentajes y topes que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas.
Podrás elegir una u otra, pero siendo consciente de que la elección supone la perdida de la que no elijas; no son acumulables ni puedes optar a ambas. Si eliges la nueva prestación, la anterior ya no podrá recuperarse. Y si se opta por la prestación anterior, los nuevos meses acumulados no se tendrán en cuenta para aprobar una nueva ayuda; es decir, deberás volver a acumular el tiempo necesario para solicitar una nueva prestación.
Opción B. Estaba cobrando el desempleo, pero empiezo a trabajar y lo pauso. Estoy unos meses trabajando, vuelvo a estar desempleado y reanudo la ayuda; así hasta acumular como mínimo 360 días que me dan derecho a una nueva prestación.
En este caso, desde el 28 de diciembre de 2020, puedes elegir entre disfrutar de la ayuda antigua o la nueva. Esta opción te permite no perder el nuevo tiempo cotizado para pedir una nueva prestación; pero si eliges percibir la nueva prestación, la anterior quedará definitivamente extinguida y sin posibilidad de recuperarla.
Eso sí, deberás estar dado de alta tras agotar la ayuda antigua antes de poder solicitar la nueva prestación.
Fuente: SEPE
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